Monto máximo
El total de tus deudas con un máximo de 25% de relación cuota ingreso.
Tasas
Tasa preferencial.
Plazo
Hasta 60 meses con un período de gracia de hasta 2 meses para el pago de capital e intereses.
Beneficiario
Públicos (activos y pasivos), Privados, Independientes y Municipales.


Destinatarios: Empleados públicos (activos y pasivos), trabajadores del sector privado, independientes (Monotributistas y Autónomos) y empleados municipales de la Provincia.
Condiciones de cobro para Sector Público: Mediante descuento directo en haberes a través del sistema CUAD.
Condiciones de cobro para Sector Privado y Otros: Mediante débito automático en cuenta en Banco Santa Fe.


Pertenecer al Sector Público (Agentes activos o pasivos de la Administración Pública Provincial) o al Sector Privado (autónomos, monotributistas y empleados municipales de la Provincia de Santa Fe).
Para el sector público, se computan las deudas vigentes instrumentadas mediante descuento directo (CUAD).
Para el sector privado: se incluyen deudas con bancos, financieras, asociaciones civiles, cooperativas y mutuales.
Es una iniciativa de la Provincia de Santa Fe y el Banco Santa Fe diseñada para mejorar el perfil financiero de los ciudadanos. El plan otorga una asistencia crediticia para cancelar deudas vigentes, permitiendo ordenar las finanzas personales con condiciones más favorables.
Válido para clientes que integran la cartera de consumo hasta el 30/06/2026. El otorgamiento del préstamo está sujeto a la evaluación crediticia y al cumplimiento de los requisitos comerciales y legales establecidos por el Banco. El préstamo se otorgará bajo el sistema de amortización francés, con cuotas en pesos y a tasa fija. El impuesto de sellos será a cargo del solicitante.
Precancelación: La precancelación total o parcial del préstamo podrá estar sujeta a la aplicación de comisiones. Consulte el tarifario de cargos y comisiones vigentes. En el caso de precancelación total, no se aplicarán comisiones cuando, al momento de realizarla, haya transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original de la financiación o 180 días corridos desde su otorgamiento, lo que resulte mayor.
Condiciones generales: Los términos de la presente comunicación no resultan vinculantes para el Banco, quien se reserva el derecho de modificar o discontinuar la línea de crédito en cualquier momento y/o rechazar solicitudes de préstamos conforme a lo establecido en el Artículo 974 del Código Civil y Comercial de la Nación.
El solicitante tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción del contrato o de la disponibilidad efectiva del producto o servicio, lo que ocurra último, debiendo notificar dicha revocación de manera fehaciente al Banco.