Reordenamiento de deuda

Reordená tu deuda con un préstamo a tasa preferencial

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  • Unificar tu deuda en una sola con una cuota más accesible

  • Cancelar tu préstamo vigente y el saldo de tu Tarjeta de Crédito

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Válido para clientes que integran la cartera de consumo hasta el 31/03/2026. El otorgamiento del préstamo está sujeto a la evaluación crediticia y al cumplimiento de los requisitos comerciales y legales establecidos por el Banco. Las garantías deberán ser a satisfacción del Banco. El préstamo se otorgará bajo el sistema de amortización francés, con cuotas en pesos y a tasa fija. El impuesto de sellos será a cargo del solicitante. Las tasas de interés podrán variar en función del segmento al que pertenezca cada cliente. Consulte previamente las tasas vigentes y el Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA) acá. Plazos disponibles: 12, 24, 30, 36, 48, 60 y 72 meses. Ejemplo representativo: Préstamo personal para el segmento "Clientes Bancarizados con convenio de pago de haberes". Para un préstamo de $100.000 a un plazo de 72 meses, con primer vencimiento a los 30 días: Tasa Nominal Anual (TNA): 84,5% Tasa Efectiva Anual (TEA): 126,36% Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA): 166,91% (incluye alícuota de IVA sobre intereses del 21%) Valor de la primera cuota: $8.428,97 En caso de diferimiento del vencimiento de la primera cuota, se generarán intereses adicionales hasta la fecha de pago efectivamente acordada. Precancelación: La precancelación total o parcial del préstamo podrá estar sujeta a la aplicación de comisiones. Consulte el tarifario de cargos y comisiones vigentes acá. En el caso de precancelación total, no se aplicarán comisiones cuando, al momento de realizarla, haya transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original de la financiación o 180 días corridos desde su otorgamiento, lo que resulte mayor. Condiciones generales: Los términos de la presente comunicación no resultan vinculantes para el Banco, quien se reserva el derecho de modificar o discontinuar la línea de crédito en cualquier momento y/o rechazar solicitudes de préstamos conforme a lo establecido en el Artículo 974 del Código Civil y Comercial de la Nación. El solicitante tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción del contrato o de la disponibilidad efectiva del producto o servicio, lo que ocurra último, debiendo notificar dicha revocación de manera fehaciente al Banco.